Se aceptarán únicamente los originales de los justificantes bancarios como comprobaciones válidas de los pagos efectuados por la expedición de visados y prestación de otros servicios consulares. Es decir, no será suficiente la presentación de los impresos sobre las transacciones bancarias realizadas por Internet, sino que serán necesarios los documentos en papel expedidos por el banco que justifiquen dichas transacciones o ingresos en metálico a la cuenta indicada más abajo.
Importante: los pagos deberán realizarse para cada persona por separado, independientemente de que los solicitantes sean familiares o viajen juntos (cada solicitante tiene que presentar su propio justificante de pago).
Los niños menores de 6 años - los ciudadanos de España y otros países están exentos del pago de una tasa consular por la expedición de una visa a la República de Kazajstán en condiciones de paridad.
Importante: Todos los pagos deberán efectuarse en euros y únicamente a través de las oficinas o cajeros automáticos del Banco Santander Central Hispano en la cuenta corriente de la Sección Consular de la Embajada de Kazajstán en España
Datos bancarios son: IBAN: ES14 0049 1555 15 2710101641.
Las sucursales de Banco Santander más cercanas se encuentran en
- Av. de Machupichu, 35, 28043 Madrid
- Av. de los Andes, 48, 28042 Arroyo Santo, Madrid.
De conformidad con la cláusula 7 del artículo 629 del Código Fiscal de la República de Kazajstán № 120-VI LRK del 25 de diciembre de 2017 las tasas consulares pagados no son reembolsables.
Tarifas básicas de las tasas consulares que se cobran fuera de Kazajstán
Cada Consulado de la República de Kazajstán en España tiene su propia cuenta bancaria. A este respecto, le rogamos que tenga cuidado al pagar los servicios consulares.
Los datos del Consulado de la República de Kazajstán en Barcelona son los siguientes:
Banco Santander; IBAN: ES70 0049 1555 1921 1022 0330.